Información sobre el cannabis en la ciudad de Ojai

El 8 de noviembre de 2016, los votantes de California adoptaron la Proposición 64, la Ley de Control, Regulación y Tributación del Uso de la Marihuana por parte de los Adultos ("AUMA"), que legaliza el uso recreativo del cannabis para personas mayores de 21 años. La ciudad de Ojai mantiene su autoridad para regular o prohibir las actividades comerciales de cannabis y conserva algunas competencias para regular las actividades de cannabis medicinal y las actividades personales de cannabis recreativo en la ciudad.

El 15 de noviembre de 2016, el Ayuntamiento de Ojai aprobó una ordenanza de urgencia que regula el uso y cultivo de cannabis y añade un nuevo capítulo 26 al título 4 del Código Municipal de Ojai.

Información general

Ninguna persona puede dedicarse a ningún negocio comercial de cannabis dentro de la ciudad de Ojai, incluyendo, pero sin limitarse a ello, el cultivo, la fabricación, las pruebas de laboratorio, el transporte, la dispensación, la organización de eventos especiales, la distribución o la venta de cannabis o productos de cannabis, a menos que la persona

  1. Tiene un permiso comercial válido para el negocio del cannabis de la ciudad de Ojai;
  2. Tiene un permiso de vendedor estatal válido; y
  3. Cumple actualmente con todas las leyes y reglamentos estatales y locales aplicables al negocio comercial de cannabis y a las actividades comerciales de cannabis, incluida la obligación de obtener un certificado de registro comercial de la ciudad y cualquier licencia estatal requerida. Participar en un negocio comercial de cannabis o en cualquier actividad comercial de cannabis incluye establecer, poseer, gestionar, conducir, arrendar, operar, causar, permitir, ayudar, instigar, sufrir u ocultar el hecho de tal acto.

La información relativa a la Medida Fiscal General sobre el Cannabis de Ojai se puede encontrar haciendo clic aquí

Aplicaciones de entrega y dispensación de cannabis

Actualmente, se han emitido todos los permisos disponibles para estos servicios. La ciudad de Ojai está no aceptando solicitudes en este momento.

Aplicación del laboratorio de análisis de cannabis

Puede obtener una solicitud para estos servicios haciendo clic aquí, o visitando el Ayuntamiento de Ojai, 401 S. Ventura Street. Las solicitudes deben presentarse enel Ayuntamiento de Ojai.

Aplicaciones y normativas para la fabricación y distribución de cannabis

Actualmente, se han emitido todos los permisos disponibles para estos servicios. La ciudad de Ojai está no aceptando solicitudes en este momento.

Cultivo de cannabis

Se prohíbe el cultivo al aire libre. Ninguna persona puede cultivar cannabis o cáñamo industrial al aire libre en ningún distrito de zonificación de la Ciudad. No se aprobará ni emitirá ningún permiso de uso condicional, permiso de construcción, varianza o cualquier otro permiso o derecho, ya sea ministerial o discrecional, para cualquier uso o actividad de este tipo.

Se prohíbe el cultivo comercial de cannabis o cáñamo industrial en interiores. Ninguna persona puede cultivar cannabis o cáñamo industrial con fines comerciales en interiores o dentro de un edificio, estructura, cobertizo u otro recinto en cualquier distrito de zonificación de la Ciudad. No se aprobará ni se emitirá ningún permiso de uso condicional, permiso de construcción, varianza o cualquier otro permiso o derecho, ya sea ministerial o discrecional, para cualquier uso o actividad de este tipo. (§ 2, Ord. 867, eff. 15 de noviembre de 2016; modificado por § 2, Ord. 879, ef. 28 de diciembre de 2017, § 2, Ord. 884, ef. 21 de junio de 2018, § 3, Ord. 898, ef. 27 de junio de 2019, y § 2, Ord. 903, ef. 10 de octubre de 2019)

El cultivo comercial de cannabis para cualquier propósito está prohibido en cualquier distrito de zonificación en la ciudad, incluso si se permite bajo una licencia de microempresa de tipo 12 emitida por el Estado

Actividades prohibidas relacionadas con el cannabis

A excepción de lo específicamente permitido por las Secciones 4-26.04 y 4-26.06 del Código Municipal de la Ciudad y la ley estatal aplicable, toda actividad, cultivo y negocios de cannabis estarán prohibidos dentro de la Ciudad de Ojai, independientemente de cualquier licencia emitida bajo la ley estatal. Esta prohibición no impedirá el cultivo interior de cannabis para uso personal por parte de una persona mayor de veintiún (21) años de edad, realizado de acuerdo con la ley estatal aplicable y dentro de una residencia privada o dentro de una estructura accesoria a una residencia privada ubicada en los terrenos de la residencia privada.

Se prohíbe el cultivo al aire libre. Ninguna persona puede cultivar cannabis al aire libre en ningún distrito de zonificación de la Ciudad. No se aprobará ni emitirá ningún permiso de uso condicional, permiso de construcción, varianza o cualquier otro permiso o derecho, ya sea ministerial o discrecional, para cualquier uso o actividad de este tipo.

Está prohibido fumar o consumir cannabis en lugares públicos. Dentro de los límites de la ciudad, ninguna persona puede fumar o ingerir cannabis o preparados cannabinoides en ningún lugar público o en cualquier lugar donde esté prohibido fumar tabaco.

Para ver el código municipal de la ciudad de Ojai sobre las actividades prohibidas relacionadas con el cannabis, haga clic aquí.

Enlaces útiles

Portal web de cannabis de California
https://cannabis.ca.gov/

Oficina de Control del Cannabis de California (BCC)
http://www.bcc.ca.gov/

Departamento de Administración de Impuestos y Tasas de California
http://cdtfa.ca.gov/industria/cannabis.htm

El Departamento de Salud Pública de California, Sección de Seguridad de Cannabis Manufacturado (MCSB)
https://www.cdph.ca.gov/Programs/CEH/DFDCS/MCSB/Pages/MCSB.aspx

CalCannabis Cultivation Licensing, una división del Departamento de Alimentación y Agricultura de California (CDFA)
http://calcannabis.cdfa.ca.gov/